ACUERDO DE ARBITRAJE
Yo (“Empleado”) reconozco que pueden surgir diferencias entre Golden State Harvesting, Inc. (la “Compañía”) y mi persona durante mi empleo con la Compañía o como resultado de mi separación de empleo con la Compañía. En un esfuerzo para resolver éstas disputas rápidamente y mantener los costos asociados con la resolución de dichas disputas al mínimo, la Compañía y mi persona, acordamos entrar en este Acuerdo de Arbitraje ("Acuerdo”).
1. A menos de que sea prohibido de alguna otra manera por ley o limitado por el párrafo tres y cuatro de este Acuerdo, la Compañía y mi persona, acordamos que todos los reclamos, disputas, controversias, que surjan de, relacionadas con, o de alguna forma asociadas con mi empleo en la Compañía, o asociadas con la terminación de dicho empleo, incluyendo aquellos que surjan antes y después de la firma de este Acuerdo, deberán someterse a un arbitraje definitivo y vinculante, de acuerdo a los términos de este Acuerdo.
2. Al grado que lo permita la ley, la Compañía y yo, voluntariamente y con pleno entendimiento, renunciamos a cualquiera y todos nuestros derechos de que cualquier reclamo o disputa arbitrable sea escuchado o adjudicado en cualquier otro tipo de foro, incluyendo y sin limitación, el derecho de cada parte a un juicio en un tribunal. Algunos ejemplos de dichas disputas y reclamos, los cuales deben resolverse a través de un Arbitraje, en vez de un litigio en la corte, incluyen, pero no están limitados a, reclamos sueldos y horas; reclamos de contrato; reclamos sobre agravios; reclamos por despidos injustificados; difamación; discriminación y hostigamiento, y cualquier otro reclamo que esté relacionado con estatutos federales o estatales o cualquier otro reclamo relacionado con el empleo de cualquier tipo.
3. El empleado no deberá ser excluido de poder entablar un cargo o queja con una agencia Estatal o Federal tal como la Comisión de Igualdad de Oportunidad en el Empleo o el Departamento de Empleo y Vivienda Justa, para el propósito, entre otros, de satisfacer cualquier requisito de agotamiento de recursos administrativos o para de lo contrario permitirle a una agencia el entablar su propia demanda buscando recursos que por lo contrario no estén disponibles en el procedimiento de arbitraje. Reclamos del seguro de compensación del trabajador y beneficios de desempleo no están cubiertos por este Acuerdo ni están sujetos al arbitraje de acuerdo a este Acuerdo. Este acuerdo no prohíbe o impide el que cualquier empleado agrícola presente un cargo de práctica laboral injusta con la Junta de Relaciones Laborales Agrícolas (ALRB, por sus siglas en inglés) o a lo contrario tener acceso a los servicios de la ALRB.
4. El empleado expresamente acepta el renunciar a cualquier derecho de participar o levantar cualquier reclamo por clase, representativo o colectiva relacionado con sueldos o otros términos y condiciones de empleo en cualquier foro, excepto por reclamos representativos entablados bajo el Acto de Abogado General Particular del 2004. Las partes expresamente están de acuerdo que todo asunto o disputa sobre los reclamos colectivos, incluyendo si es que es o no ejecutable la renuncia de clase será decidida por un juzgado de jurisdicción competente y no por arbitraje.
5. Arbitraje de cualquier reclamo que cualquiera de las partes tiene contra la otra parte deberá ser iniciado por la presentación de una demanda escrita para arbitraje por la parte reclamante a la otra parte dentro de los límites de tiempo establecidos por la ley federal o estatal para dichos reclamos.
6. Las partes seleccionarán un árbitro mediante mutuo acuerdo. Si las partes no pueden llegar a un acuerdo en cuanto a quien será el árbitro, ellos pedirán al Juez Presidente de la Corte Superior de Justicia que seleccione un árbitro que tenga experiencia en el tipo de disputa a decidirse.
7. La compañía y el Empleado estan de acuerdo en llevar a un arbitraje todas aquellas disputas y controversias de acuerdo a los Reglamentos y Procedimientos de Arbitraje por Empleo de JAMS, aplicables en el momento y será gobernado por el Acto de Arbitraje Federal [9 U.S.C. Sección 2, et. seq.]. Si el empleo existe en California, el Código de Procedimiento Civil de California Secciones 1280, et. seq. también gobernara tal arbitraje a la medida que la ley de California no sea contradictoria o desplazada por ley federal aplicable. Los reglamentos de JAMS están disponibles en inglés y en español en https://www.jamsadr.com/rules-employment-arbitration/ o mediante una solicitud a la Compañía. A pesar de los reglamentos de JAMS, el árbitro tendrá la autoridad de autorizar averiguaciones adicionales basado en la muestra de la necesidad por cualquier parte. Las averiguaciones adicionales pueden incluir declaraciones juramentadas, producción de documentos, petición de confesiones o interrogatorios especiales relacionados a un reclamo o defensa de cualquier parte del arbitraje.
8. Estamos de acuerdo que el árbitro aplicará las leyes estatales, federales o comunes, las cuales apliquen a dicha disputa.
9. Los honorarios del árbitro y todos los otros costos que sean exclusivamente para el arbitraje, serán pagados por la Compañía.
10. Si cualquiera de las partes gana sobre un reclamo legal, lo cual le otorga a la parte ganadora el pago por cuestión de honorarios de abogado, el Árbitro adjudicará el pago de honorarios de abogado razonables, a la parte ganadora. El árbitro tendrá la autoridad para otorgar el pago por cualquier daño o remedio autorizado por ley, incluyendo los costos y honorarios de abogado.
11. El fallo dado por el árbitro deberá ser por escrito y incluirá los hallazgos factuales, conclusiones legales y razones del árbitro por dicho fallo arbitral y éste será definitivo y vinculante.
12. Éste Acuerdo aplica a cualquier disputa, la cual involucre a la compañía, así como a cualquiera de sus compañías afiliadas o subsidiarias, sucesores y herederos, empleados, oficiales y representantes.
13. El Empleado está de acuerdo en que este Acuerdo deberá estar en pleno vigor y efecto durante el periodo completo de su empleo con la Compañía y continuará en efecto después que su empleo haya terminado, y aplica a las reclamaciones que surjan antes y después de la firma de este acuerdo. Éste acuerdo no extiende o renuncia a algún límite de estatutos u otras provisiones de ley que especifiquen el tiempo dentro del cual se debe presentar cualquier reclamo.
14. El Empleado entiende y está de acuerdo en que este Acuerdo de Arbitraje constituye una renuncia a su derecho de llevar a juicio en un tribunal de justicia algún asunto que este sujeto a arbitraje bajo este Acuerdo.
15. Este Acuerdo de Arbitraje, estipula el Acuerdo total entre la Compañía y el Empleado y reemplaza totalmente cualquier acuerdo previo o entendimiento entre las partes relacionadas al tema de este Acuerdo.
16. Si algún tribunal determina que alguna clausula o condición, o parte de una clausula o condición de este Acuerdo es inválida, la validez de las clausulas restantes no serán afectadas de la misma manera y la cláusula invalidada será excluida de este Acuerdo.